Practicopedia > Categorías > Trabajo > Búsqueda de trabajo > Cómo recibir la ayuda para desempleados sin derecho a paro
Recuerda que esta prestación acabará en febrero de 2011

11/08/2011 por: Practicopedia
El Gobierno ha ampliado el plazo de la ayuda a los desempleados que hayan agotado su prestación por desempleo. Esta ayuda se inserta dentro del Programa Temporal de Protección por Desempleo e Inserción, al que el Ejecutivo ha destinado más de 640 millones de euros.
Este programa consiste en facilitar cobertura económica, con carácter extraordinario, a personas en situación de desempleo que hayan agotado prestación contributiva o subsidio por desempleo, carezcan de rentas superiores a 468 euros mensuales en 2009 y adquieran el compromiso de participar en un itinerario activo de inserción laboral. Los interesados deben acudir al 'Área de Empleo' de la Oficina de Empleo donde estén inscritos como demandantes de empleo.
Este Programa Temporal de Protección por Desempleo e Inserción ofrece 426 euros al mes a aquellos desempleados que ya no tienen derecho a paro.
La prestación extraordinaria por desempleo podrá obtenerse por una sola vez, por tanto no podrán acceder de nuevo al programa los que hayan sido ya beneficiarios del mismo con anterioridad.
Esta información ha sido actualizada. Consulta nuestro practicograma sobre Cómo recibir la ayuda extraordinaria de 350 euros para desempleados para enterarte de todas las novedades.
Esta ayuda tendrá una duración máxima de 180 días o seis meses, prorrogables por períodos de seis meses, mientras la tasa de paro se mantenga superior al 17%.
El 20 de agosto de 2010 el Consejo de Ministros aprobó la prórroga por seis meses de esta ayuda, la cual abarca desde el 16 de agosto de 2010 hasta el 15 de febrero de 2011.
En la sesión de control del Gobierno del 1 de diciembre de 2010, Zapatero avanzó su intención de poner fin a esta ayuda a los parados el próximo mes de febrero de 2011.
Se puede solicitar esta ayuda a partir del lunes 15 de febrero de 2010. Las personas que reúnan los requisitos exigidos tendrán derecho a cobrar la prestación pasado un mes a partir del día siguiente a aquel en el que se solicite la ayuda.
- Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo.
- Ser menor de 30 años, mayor de 45 años, y aquellos con edades comprendidas entre 30 y 45 años que tengan cargas familiares.
- Haber extinguido por agotamiento: La prestación por desempleo de nivel contributivo y no tener derecho al subsidio y los subsidios por desempleo por su duración máxima, incluidas las prórrogas.
El agotamiento debe producirse entre el 1 de enero de 2009 y el 15 de agosto de 2010, ambos inclusive.
- Suscribir el compromiso de actividad y adquirir el compromiso de participar en un itinerario activo de inserción laboral que se determine por el Servicio Público de Empleo correspondiente de la Comunidad Autónoma.
- Carecer de ingresos propios superiores a 474,98 euros mensuales en 2010.
- Que la suma de todos los ingresos obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar dividida por el número de miembros que la componen no supere 474,98 euros mensuales en 2010. Por unidad familiar se entenderá: Usted, su cónyuge y/o hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad o menores acogidos. En el caso de que se carezca de los indicados anteriormente, se considerará unidad familiar el solicitante y sus padres, siempre que conviva con ellos.
- No percibir salarios sociales, rentas mínimas o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las Administraciones Públicas.
- No percibir pensión o prestación económica de la Seguridad Social, salvo que estas hubieran sido compatibles con el trabajo que originó la prestación o el subsidio por desempleo.
Los trabajadores que:
- Agoten un subsidio para mayores de 52 años.
- Tengan la condición de fijos discontinuos y agoten la prestación por desempleo o los subsidios durante los períodos de inactividad productiva.
- Agoten la prestación por desempleo o los subsidios durante la suspensión de la relación laboral o la reducción de la jornada de trabajo en virtud de Expedientes de Regulación de Empleo.
- Agoten el subsidio agrario, la Renta Agraria o la Renta Activa de Inserción.
- Hayan sido beneficiarios de la prestación por desempleo extraordinaria del Programa Temporal con anterioridad.
Si cumples con todos los requisitos, rellena la solicitud, impresa u online. Preséntala en la oficina del Servicio Público de Empleo en la que figures inscrito como demandante de empleo dentro de los 60 días siguientes al agotamiento de la prestación o el subsidio por desempleo.
Los documentos que debes presentar son:
- Impreso de solicitud, en modelo oficial, debidamente cumplimentado y firmado por el solicitante. Deberá entregar original y 2 copias de dicho modelo.
- A efectos de exhibición para su verificación, documentos de identificación del solicitante y, en su caso, de los miembros de la unidad familiar:
o Si es español: Documento Nacional de Identidad (DNI).
o Si es extranjero residente legalmente en España: Tarjeta de Identificación de Extranjero (TIE), con el Número de Identidad de Extranjeros (NIE) o si es nacional de un país perteneciente a la Unión Europea/Espacio Económico Europeo, documento identificativo en su país de origen y el NIE.
El Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE) podrá requerir documentación acreditativa sobre los datos declarados en la solicitud durante la percepción de la prestación por desempleo extraordinaria.

Con el fin de evitar colas en las oficinas de empleo de facilitar los trámites a los demandantes, redtrabaj@ ofrece la opción de rellenar el impreso de solicitud a través de su página web en internet.
Desde Practicopedia.com intentamos ayudarte con más información ante el duro trance del paro. Echa un vistazo a los siguientes practicogramas que pueden darte más ideas sobre cómo afrontar este momento:
- Cómo apuntarse al paro
- Qué hacer si te quedas sin trabajo
- Cómo sellar el paro a través de internet
- Cómo apuntarse a un curso de formación para desempledaos
- Cómo encontrar trabajo después de los 50
llevo 3 años en paro tengo 37 años vivo sola y no tengo hijos. me dicen que no tengo derecho a nada ya no tengo dinero para mantenerme y eso que no tengo hipoteca vivo en un piso pequeño pero ya no puedo pagar la luz y el agua ni la comunidad de vecinos ni el IBI. si me vendo el piso no me daran mas que 50.000 euros y que hago con eso? vivir unos años y luego que? luego habre perdido hasta el techo aunque sea sin luz o sin agua. ¿que salidas hay? no sale nada de trabajo he cotizado desde los 15 años pero me dicen que sin hijos y esa edad no tengo derecho a nada y que ademas como tengo un piso que ya tengo recursos... estoy desesperada no hay salidas. hace tiempo que he perdido los ahorros que tenia para ir subsistiendo, el coche lo tuve que dar de baja y ya me esta quedando lo puesto nada mas. me ayudan algunos vecinos con la comida. Esto no es vida para nadie ¿¿¿¿¿que hacemos para que nos ayuden o que nos den un trabajo alguien?????? Ceno y busco trabajo en casa de mis vecinos, no tenemos ni facilidades para buscar trabajo ni targetas de metro o bus para ir a buscarlo. que salidas nos dan? yo creo que ninguna o casi ninguna .......
fonagus@hotmail.com
Hola soy un fontanero estoy sin trabajo e sido los últimos 8 años autónomo y 37 años cotizados, nunca e estado en el paro y tengo 52 años estoy casado y mi mujer no trabaja, alguien sabe que puedo hacer para recibir alguna ayuda, ya que dicen que los autónomos no tenemos derecho a nada. muchas gracias
¡hola!tengo 35 años y llevo 4 años sin encontrar trabajo;no e cobrado paro y me gustaria saber si puedo beneficiar de algun tipo de ayuda economica.gracias.
algarrobo12hotmail.es
Hola yo era marmolista autonomo por que si queria trabajar tenia que ser de esta forma,la empresa se quedo sin faena y quede en paro desde hace 18 meses (un año y medio) estoy parado sin nigun tipo de prestaciones y con 50 años y 34 cotizados sin derecho a nada ni esperanzas de conseguir trabajo pero eso no me hunde me se buscar la vida
Holatengo 54 años,me van a echar a la calale, y tendre paro 2 años con suerte y despues de la prorroga? que puedo solicitar, me hablaron que para los mayores de 52 años hay una mini pension de 350€ hasta que puedas volver a trabajar, tengo dos hijos uno de 28 y otro de 13, estoy divorciada y quiero saber algo antes de que me pase, por favor, me podeis informar, es cierto lo de la mini paga paara mayores de 52 hasta volver a trabajar, cmo es todo eso gracias
Tengo 51 años,no encuentro trabajo, necesito en forma urgente, saber si puedo percibir un subsidio, gracias
HOLA SOY UNA CHICA DE 33 AÑOS Y TRES HIJOS MENORES Y LLEBO 15 MESES SIN TRABAJO SE ME A TERMINADO EL PARO LO K KIERO SABER CUANTO AHY K ESPERAL PARA APUNTARME AL SUBSIDIO Y CUALES SON LOS REQUISITOS POR K TENGO CITA PARA EL LUNES MUCHAS GRASIAS
maria.m33@hotmail.es
Tengo 38 años soltera con dos hijos y sin trabajo,no tengo derecho a paro,ni ayuda familiar,me podria decir alguien si me puedo beneficiar de algun tipo de ayuda para poder mantener a mis dos hijos? gracias
sousasole@yahoo.es
Mi mujer intento echar la ayuda familiar, pero la primera vez vino denegada, después de asesorarnos un poco nos dimos cuenta que el bruto se pasaba por poco del tope establecido (tenia horas extras hechas). Volvimos a echarla al siguiente mes sin horas, esta vez el bruto no sobrepasaba lo establecido, pero esta vez no miraron el bruto. Miraron otro numero mas alto, que era la Remuneración total mas el Prorrateo de las pagas extras. Este número si superaba el limite, también por poco, pero lo superaba. --Por lo tanto me puse a leer por todas partes y encontré esto (Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional,--- excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias---). Lo señalado en negrito me tiene confundido, ya que entiendo que el prorrateo de las pagas extraordinarias no deberían tenerlas en cuenta, sin embargo ellos dicen que se tienen que tener en cuenta. A ver si alguien me puede aclarar esta confusión. Gracias desde ya y Saludos
no tengo trabajo hace mas de dos años no cobro nada y tengo mujer e hijo tengo 43años la impotencia de no poder sacar a mi familia adelante me hace pensa en no se que, si sabeis alguna ayudapor favor decirmelo,mi mujer esta igual ni para limpiar
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Subido el 11/08/2011 por:
Líder del How-To audiovisual en España. También en Facebook.com/practicopedia y Twitter.com/practicopedia
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